ACUERDO NÚMERO 4-2013
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que la suspensión condicional de la persecución penal es una medida desjudicializadora que permite al sistema de justicia anticipar una solución del conflicto como acto conclusivo, a través de la reparación efectiva del daño a favor de la víctima y la sociedad y el sometimiento del sindicado a reglas de conducta que sustituyan la privación de libertad y beneficiar su resocialización.
CONSIDERANDO:
Que dentro de los procesos penales, le corresponde a los jueces de primera instancia otorgar la suspensión condicional de la persecución penal y establecer las instrucciones o imposiciones bajo las que quedará el sindicado que goce de dicho beneficio.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 288 del Código Procesal Penal, Decreto número 51-92 del Congreso de la República de Guatemala, faculta a la Corte Suprema de Justicia reglamentar el control que deben efectuar los jueces de ejecución sobre la observancia de las imposiciones e instrucciones dictadas por los jueces de primera instancia al emitirse resoluciones judiciales de suspensión condicional de la persecución penal, para garantizar su debido cumplimiento y las finalidades de prevención especial.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 47, 50, 51 y 52 del Código Procesal Penal, Decreto número 51-92 del Congreso de la República; 53, 54 literal f), 77 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto número 2-89 del Congreso de la República, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde:
ACUERDA:
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LAS IMPOSICIONES E INSTRUCCIONES DICTADAS DENTRO DEL RÉGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PERSECUCIÓN PENAL
Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, veintitrés de enero de dos mil trece.
COMUNIQUESE,
Gabriel Antonio Medrano Valenzuela, Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Erick Alfonso Álvarez Mancilla, Magistrado Vocal Primero; César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo; Gustavo Adolfo Mendizábal Mazariegos, Magistrado Vocal Cuarto; Rogelio Zarceño Gaitán, Magistrado Vocal Sexto; Thelma Esperanza Aldana Hernández, Magistrada Vocal Séptimo; Luis Alberto Pineda Roca, Magistrado Vocal Octavo; Mynor Custodio Franco Flores, Magistrado Vocal Noveno; Ervin Gabriel Gómez Méndez, Magistrado Vocal Décimo; José Arturo Sierra González, Magistrado Vocal Undécimo; Luis Arturo Archila L., Magistrado Vocal Duodécimo; Dimas Gustavo Bonilla, Magistrado Vocal Décimo Tercero; Artemio Rodulfo Tánchez Mérida, Magistrado Presidente, Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente. María Cecilia de León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia.