MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
ACUERDO GUBERNATIVO No. 125-2022
Guatemala, 23 de mayo de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el sistema tributario debe ser justo y equitativo. Asimismo, que las disposiciones reglamentarias no podrán modificar las bases de recaudación del tributo y se concretarán a normar lo relativo al cobro administrativo del tributo y establecer los procedimientos que faciliten su recaudación.
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto Número 7-2019, el Congreso de la República de Guatemala emitió la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria, otorgando condiciones para la incorporación al sistema tributario de todas aquellas personas individuales, jurídicas, entes y patrimonios que por la naturaleza de las actividades que realizan están obligadas a registrarse ante la Administración Tributaria, creando nuevos regímenes tributarios, por lo que es procedente emitir el presente reglamento a fin de establecer los mecanismos y procedimientos que faciliten la recaudación.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo establecido en el artículo 14 del Decreto Número 7-2019 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributario.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DEL DECRETO NÚMERO 7-2019 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, LEY DE SIMPLIFICACIÓN, ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN TRIBUTARIA
COMUNIQUESE
ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA
*Publicado en el Diario oficial el 26 de mayo de 2022.