MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS

ACUERDO GUBERNATIVO No. 125-2022

Guatemala, 23 de mayo de 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el sistema tributario debe ser justo y equitativo. Asimismo, que las disposiciones reglamentarias no podrán modificar las bases de recaudación del tributo y se concretarán a normar lo relativo al cobro administrativo del tributo y establecer los procedimientos que faciliten su recaudación.

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto Número 7-2019, el Congreso de la República de Guatemala emitió la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria, otorgando condiciones para la incorporación al sistema tributario de todas aquellas personas individuales, jurídicas, entes y patrimonios que por la naturaleza de las actividades que realizan están obligadas a registrarse ante la Administración Tributaria, creando nuevos regímenes tributarios, por lo que es procedente emitir el presente reglamento a fin de establecer los mecanismos y procedimientos que faciliten la recaudación.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo establecido en el artículo 14 del Decreto Número 7-2019 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributario.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DEL DECRETO NÚMERO 7-2019 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, LEY DE SIMPLIFICACIÓN, ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN TRIBUTARIA

COMUNIQUESE

ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA

*Publicado en el Diario oficial el 26 de mayo de 2022.