ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

REGLAMENTO DE TRÁNSITO

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 273-98

Palacio Nacional: Guatemala, 22 de Mayo 1998:

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el acuerdo Gubernativo Número 499-97 que contiene el Reglamento de tránsito emitido el 2 de julio de 1977 ha cumplido una etapa divulgativa haciendo conciencia sobre la necesidad de ordenar y regular el tránsito.

CONSIDERANDO:

Que es función del Presidente de la República modificar los Reglamentos para el estricto cumplimiento de las leyes, a efecto que se cumplan sus normas y se alcancen los fines propuestos en los mismos, según las posibilidades socioeconómica de los guatemaltecos.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el inciso e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE TRÁNSITO