PRESIDENCIA DEL ORGANISMO JUDICIAL
ACUERDO NÚMERO 198-2023
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Organismo Judicial goza de las garantías de independencia funcional, siendo su función esencial administrar justicia en el territorio nacional, así mismo que el artículo 55 de la Ley del Organismo Judicial, establece que al Presidente del Organismo Judicial le corresponde acordar su organización administrativa para la adecuada y eficaz administración de justicia, pudiendo emitir para tal efecto los acuerdos, circulares, instructivos y ordenes de observancia general que sean necesarios.
CONSIDERANDO
Que por imperativo legal para efectuar las notificaciones electrónicas en los procedimientos administrativos a los usuarios internos, las mismas se realizarán de conformidad con el reglamento que emita la Presidencia del Organismo Judicial.
POR TANTO,
Con base en lo establecido y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 205, inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 55 incisos b), j), o) y 71 de la Ley del Organismo Judicial; Opinión consultiva emitida por la Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del expediente cinco mil cuatrocientos setenta y siete guión dos mil diecinueve (5477-2019); Acta número cuarenta y seis guión dos mil veintidós (46-2022), de fecha doce de octubre de dos mil veintidós de la Corte Suprema de Justicia.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS DEL ORGANISMO JUDICIAL
Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
COMUNÍQUESE.