ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 49-2O19

Guatemala, 26 marzo de 2019

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que la Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, Decreto Número 20-2018 del Congreso de la República de Guatemala, tiene por objeto incentivar y fortalecer el emprendimiento en Guatemala, fomentando y propiciando una cultura emprendedora en la población, traducida como una manera de pensar y actuar orientada a la creación de riquezas, satisfaciendo necesidades tanto personales como sociales a través de la innovación, propiciando competitividad en el mercado nacional, con el propósito de incrementar el desarrollo económico en el país.

CONSIDERANDO

Que para desarrollar y aplicar los preceptos contenidos en la ley antes referida, es necesario contar con el instrumento legal que contenga la estructura, organización y disposiciones adecuadas para la implementación del sistema emprendedor progresivo, bajo la rectoría institucional y gubernamental propicias.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 38 del Decreto Número 20-2018 del Congreso de la República de Guatemala, que contiene la Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento.

ACUERDA

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE

FORTALECIMIENTO AL EMPRENDIMIENTO

COMUNÍQUESE,

JIMMY MORALES CABRERA