DECRETO NÚMERO 18-2024

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el segundo párrafo del artículo 114 de la Constitución Política de la República de Guatemala, prevé que periódicamente se revisen las cuantías asignadas a jubilaciones, pensiones y montepío de los trabajadores del Estado, sin que ello implique poner en peligro la estabilidad financiera del mismo.

CONSIDERANDO:

Que la literal r) del artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala, incluye a la jubilación como un derecho social mínimo de la legislación del trabajo.

CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con una Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, acorde a la dinámica evolutiva de fortalecer la renta per cápita del Índice de Desarrollo Humano, en concordancia con el Producto Interno Bruto -PIB- per cápita de Guatemala.

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8 del artículo 61 del Decreto Número 1748, Ley de Servicio Civil, establece como un derecho de los servidores públicos, el gozar de un régimen de jubilaciones, pensiones y montepíos; sin embargo, el derecho de jubilación debe verse como la culminación de una carrera administrativa dentro del Estado de Guatemala y como una motivación para fomentar la eficiencia, la transparencia y la honradez en la administración pública y así dar garantías a sus servidores para el ejercicio de la defensa y derechos, por lo que la misma debe ser digna, oportuna y escalada, conforme al ejercicio realizado dentro de la carrera administrativa.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 63-88 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY DE CLASES PASIVAS CIVILES DEL ESTADO

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.

NERY ABILIO RAMOS Y RAMOS

PRESIDENTE

KARINA ALEXANDRA PAZ ROSALES 

SECRETARIA

SONIA MARINAN GUTIERREZ RAGUAY

SECRETARIA

PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintisiete de septiembre del año dos mil veinticuatro.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

AREVALO DE LEÓN.