DECRETO NÚMERO 10-2019

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la aceptación de cargos es un procedimiento especial, mecanismo anticipado de salida al proceso penal, que no riñe con los derechos, garantías y principios reconocidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en los Tratados Internacionales ratificados por el Estado.

CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala garantiza el acceso a la justicia pronta y cumplida, para lo cual sus disposiciones legislativas, judiciales y administrativas se mantienen en permanente y diligente proceso de adecuación orientada a consolidar mecanismos procesales que permitan la materialización de la resolución de conflictos penales y el cumplimiento de la ley penal.

CONSIDERANDO:

Que los mecanismos vigentes de terminación anticipada al proceso penal no son de aplicación general, por lo cual se hace necesaria la incorporación de una vía procesal especial, la cual se funde en el otorgamiento de beneficios penales y reparación efectiva de la víctima.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 51-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PROCESAL PENAL

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA  SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.

ALVARO ENRIQUE ARZÚ ESCOBAR

PRESIDENTE

ESTUARDO ERNESTO GALDÁMEZ JUÁREZ

SECRETARIO

JUAN MANUEL GIORDANO GRAJEDA

SECRETARIO

PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de diciembre del año dos mil diecinueve.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MORALES CABRERA

 Enrique Antonio Degenhart Asturias

Ministro de Gobernación

Carlos Adolfo Martínez Gularte

SECRETARIO GENERAL

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA