DECRETO NUMERO 23-2001

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que los accidentes provocados por el transporte de pasajeros urbanos y extraurbano han aumentado en las calles, avenidas y carreteras de nuestro país, provocando muerte y lesiones graves a gran cantidad de usuarios y múltiples daños.

CONSIDERANDO:

Que los conductores del transporte de pasajeros urbano y extraurbano, en múltiples ocasiones, han demostrado alto grado de irresponsabilidad al conducir los vehículos de pasajeros bajo influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes, con exceso de velocidad, con sobrecarga de pasajeros, sin capacidad para manejar y, muchos de ellos, con documentos de conducir falsos.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA: