DECRETO NUMERO 23-2001
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que los accidentes provocados por el transporte de pasajeros urbanos y extraurbano han aumentado en las calles, avenidas y carreteras de nuestro país, provocando muerte y lesiones graves a gran cantidad de usuarios y múltiples daños.
CONSIDERANDO:
Que los conductores del transporte de pasajeros urbano y extraurbano, en múltiples ocasiones, han demostrado alto grado de irresponsabilidad al conducir los vehículos de pasajeros bajo influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes, con exceso de velocidad, con sobrecarga de pasajeros, sin capacidad para manejar y, muchos de ellos, con documentos de conducir falsos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: