DECRETO NÚMERO 8-2025
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce y protege la propiedad privada, la libre asociación, la libertad de industria, de comercio y de trabajo.
CONSIDERANDO:
Que es necesario armonizar los preceptos de la Ley de Competencia, Decreto Número 32-2024 del Congreso de la República, para que cumpla con el objeto de promover y defender la competencia, y así fortalecer la eficiencia económica en la búsqueda del bienestar de los consumidores nacionales; así como prevenir, investigar, combatir, perseguir y sancionar las prácticas anticompetitivas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en beneficio de los consumidores nacionales.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS A LA LEY DE COMPETENCIA, DECRETO NÚMERO 32-2024 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTITRÉS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
NERY ABILIO RAMOS Y RAMOS
PRESIDENTE
MARIO ERNESTO GALVEZ MUÑOZ
SECRETARIO
JUAN CARLOS RIVERA ESTEVEZ
SECRETARIO
PALACIO NACIONAL: Guatemala, seis de octubre del año dos mil veinticinco.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
AREVALO DE LEON.