DECRETO NÚMERO 53-2022

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el goce de la salud constituye un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna, y que es obligación del Estado velar por la salud y asistencia social de todos los habitantes, debiendo desarrollar a través de sus instituciones acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes, a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, ordena promover ambientes saludables para favorecer el desarrollo pleno de los individuos, familias y comunidades, así como promover el acceso universal de la población a servicios para la correcta disposición final de excretas, la recolección, conducción y tratamiento de las aguas residuales. En este sentido, deben implementarse procesos ágiles y sencillos para la emisión de dictámenes sanitarios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

La siguiente:

REFORMA AL CÓDIGO DE SALUD, DECRETO NÚMERO 90-97 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

SHIRLEY JOANNA RIVERA ZALDAÑA

PRESIDENTA

MAYNOR GABRIEL MEJÍA POPOL

SECRETARIO

ANIBAL ESTUARDO ROJAS ESPINO

SECRETARIO

PALACIO NACIONAL: Guatemala, nueve de noviembre del año dos mil veintidós.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GIAMMATTEI FALLA

*Publicado en el Diario de Centro América, el 11 de noviembre del año 2022.