DECRETO NÚMERO 34-2024
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, Decreto Número 21-2006 del Congreso de la República, incumple estándares constitucionales respecto a los derechos de defensa, seguridad jurídica, libertad de asociación y funcionamiento de las organizaciones políticas.
CONSIDERANDO:
Que es necesario delimitar las funciones de los jueces ordinarios, con el fin de garantizar la jerarquía constitucional, el cumplimiento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos y evitar las decisiones arbitrarias y discrecionales que invadan competencias del Tribunal Supremo Electoral.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
REFORMA A LA LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, DECRETO NÚMERO 21-2006 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
NERY ABILIO RAMOS Y RAMOS
PRESIDENTE
RAÚL ANTONIO SOLÓRZANO QUEVEDO
SECRETARIO
SONIA MARINA GUTIÉRREZ RAGUA
SECRETARIA
PALACIO NACIONAL: Guatemala, cinco de diciembre del año dos mil veinticuatro.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
AREVALO DE LEÓN