DECRETO NÚMERO 89-2005

El CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado propiciar la mejoría en las condiciones de vida de sus habitantes y que el proyecto vial denominado Anillo Metropolitano es necesario tanto para los habitantes de la ciudad de Guatemala, para descongestionar el tráfico existente, como para el transporte de pasajeros y de carga que van de un punto a otro del país cuyo destino no es la Capital, pero que no tienen otra ruta que puedan utilizar más que atravesar la ciudad, siendo este proyecto vial de trascendencia nacional, ya que beneficiará no solamente a los municipios que involucra sino a la población de todo el territorio nacional, además de interconectar directamente a los municipios por los que pasará la carretera.

CONSIDERANDO:

Que la actual situación económica del Estado no le permite contar con recursos financieros para llevar a cabo ciertos proyectos públicos que, por su orientación y envergadura, son de gran importancia para el desarrollo económico y social del país.

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer un régimen de contratación específico que faculte al Organismo Ejecutivo para que desarrolle el citado proyecto vial mediante su otorgamiento en concesión, en virtud de que, por las características especiales del mismo lo normado en la Ley de Contrataciones del Estado es insuficiente para poderlo llevar a cabo.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

La siguiente:

LEY PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO VIAL DENOMINADO

ANILLO METROPOLITANO