DECRETO NÚMERO 7-2026
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 252 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación, se regirá por su ley orgánica; lo que hace necesario emitir la misma, en virtud que actualmente continúa regulándose por la parte vigente de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Número 512 del Congreso de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que siendo imperativo dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es necesario que la Procuraduría General de la Nación cuente con una ley orgánica que establezca de forma amplia y especifica su organización y funcionamiento, de manera que pueda cumplir dentro del marco legal correspondiente, con las funciones y atribuciones que constitucionalmente le son asignadas.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
LUIS ALBERTO CONTRERAS COLÍNDRES
PRESIDENTE
LUCRECIA CAROLA SAMAYOA REYES
SECRETARIA
GERSON GEOVANNY BARRAGÁN MORALES
SECRETARIO
PALACIO NACIONAL: Guatemala, doce de marzo del año dos mil veintiséis.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
AREVALO DE LEÓN
