DECRETO NÚMERO 25-2022
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el interés social prevalece sobre el interés particular y que es función del Estado velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del país, procurando el bienestar de la familia, reconociendo que el régimen económico y social se funda en principios de justicia social, siendo obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional.
CONSIDERANDO:
Que la situación económica imperante en el país, derivado del alza de los costos de producción de la energía eléctrica; especialmente por aquellos que componen la matriz energética del país, basados en productos derivados del petróleo, cuyos precios internacionales se han elevado considerablemente.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 96-2000 del Congreso de la República, Ley de la Tarifa Social para el Suministro de Energía Eléctrica, con la finalidad de favorecer al usuario regulado del servicio de distribución final de energía eléctrica, más afectado por el incremento de los costos en la producción de la energía eléctrica, autorizó la creación de una tarifa especial con carácter social, denominada “Tarifa Social para el Suministro de Energía Eléctrico”.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE FORTALECIMIENTO AL APORTE SOCIAL DE LA TARIFA ELÉCTRONICA
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS.
SHIRLEY JOANNA RIVERA ZALDAÑA
PRESIDENTA
MAYNOR GABRIEL MEJÍA POPOL
SECRETARIO
CARLOS SANTIAGO NÁJERA SAGASTUME
SECRETARIO
PALACIO NACIONAL: Guatemala, treinta y uno de marzo del año dos mil veintidós.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GIAMMATTEI FALLA