DECRETO NÚMERO 46-2022
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce la libertad de industria, comercio y de trabajo, salvo las limitaciones que por motivos sociales o de interés nacional impongan las leyes.
CONSIDERANDO:
Que es de interés nacional orientar la economía hacia el desarrollo integral del país, mediante el fortalecimiento de la producción y comercialización en general, la generación de empleo, el aprovechamiento de la transferencia tecnológica y de las ventajas comparativas que ofrece el país para competir eficientemente en el mercado internacional.
CONSIDERANDO:
Que, como parte de las reformas económicas tendientes a atraer inversión extranjera que impulsen la dinámica y fortalezcan el sector productivo del país, existe la necesidad de impulsar una agenda que permita atraer y retener inversiones que ayuden a recuperar e incrementar la capacidad de crear empleos en el país, se hace necesario disponer de una norma que incremente la confianza de los inversionistas en el país.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE FOMENTO DE INVERSIÓN DE CAPITAL EXTRANJERO
REMITASE EL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.
SHIRLEY JOANNA RIVERA ZALDAÑA
PRESIDENTA
MAYNOR GABRIEL MEJÍA POPOL
SECRETARIO
ANIBAL ESTUARDO ROJAS ESPINO
SECRETARIO
PALACIO NACONAL: Guatemala, dieciséis de septiembre de dos mil veintidós.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
GIAMMATTEI FALLA