DECRETO NÚMERO 16-2026
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala consagra el sistema democrático representativo y reconoce el sufragio como derecho y deber cívico de la ciudadanía; correspondiente al Tribunal Supremo Electoral, como máxima autoridad en materia electoral, garantizar el ejercicio efectivo de los derechos políticos mediante la organización y desarrollo de procesos electorales libres, transparentes y oportunos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 del Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley Electoral y de Partidos Políticos, impone al Estado el deber de proveer al Tribunal Supremo Electoral, con la debida anticipación, los recursos económicos suficientes para la organización y desarrollo de los procesos electorales, lo que exige iniciar durante el ejercicio fiscal vigente las adquisiciones y procesos logísticos indispensables para la realización del evento electoral 2027.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario precisar el destino exclusivo de los recursos asignados al Tribunal Supremo Electoral en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente, regular el tratamiento de los saldos de caja, instituir un mecanismo ordinario de información al Congreso de la República sobre las adquisiciones que se realicen, así como dotar al Tribunal de las herramientas presupuestarias necesarias para fortalecer su presupuesto de funcionamiento institucional durante el presente ejercicio fiscal.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y b) del artículo 171, así como el artículo 157 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes:
DISPOSICIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL Y LA PREPARACIÓN DEL EVENTO ELECTORAL 2027
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDA DE GUATEMALA, EL DOS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
LUIS ALBERTO CONTRERAS COLINDRES
PRESIDENTE
JUAN CARLOS RIVERA ESTEVEZ
SECRETARIO
LUCRECIA CAROLA SAMAYOA REYES
SECRETARIA
PALACIO NACIONAL: Guatemala, doce de junio del año dos mil veintiséis.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
AREVALO DE LEON.
